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Régimen de Monotributo: la AFIP reglamenta sus modificaciones

Por medio de la Resolución General (AFIP) 5003, pendiente de publicación en el Boletín Oficial, la AFIP reglamenta las modificaciones en el Régimen del Monotributo para 2021.




Entre los puntos más destacados de la Reglamentación General 5003 señalamos:

- Se actualizan los valores de las categorías, quedando de la siguiente manera:

CategoríasParámetro “Ingresos Brutos”Parámetro “Alquileres Devengados”
AHasta $ 282.444,69Hasta $ 105.916,77
BHasta $ 423.667,03Hasta $ 105.916,77
CHasta $ 564.889,40Hasta $ 211.833,52
DHasta $ 847.334,12Hasta $ 211.833,52
EHasta $ 1.129.778,77Hasta $ 263.951,28
FHasta $ 1.412.223,49Hasta $ 264.791,88
GHasta $ 1.694.668,19Hasta $ 317.750,28
HHasta $ 2.353.705,82Hasta $ 423.667,03
IHasta $ 2.765.604,35Hasta $ 423.667,03
JHasta $ 3.177.502,86Hasta $ 423.667,03
KHasta $ 3.530.558,74Hasta $ 423.667,03


Dichas categorías podrán ser consultadas a través del portal “Monotributo” (https://monotributo.afip.gob.ar), a partir del 1 de junio de 2021

Además, la AFIP pondrá a disposición la categoría en la que el contribuyente deberá quedar encuadrado a partir del 1/2/2021 y cada contribuyente podrá solicitar la modificación de la categoría hasta el 25/06/2021 inclusive, a cuyo efecto se deberá ingresar al portal "Monotributo" y seleccionar la opción “Categorización Retroactiva 2021”. 

- Se establecen cuáles son los plazos y condiciones para acceder a los "Beneficio Contribuyente Cumplidor Ley 27618”.

- Se determinan cuáles son los requisitos y procedimientos que deben seguir los contribuyentes para encuadrarse en el régimen de transición al Régimen General.

- Se adecúan las normas referidas a emisión de comprobantes a contribuyentes Monotributistas, aplicables a partir del 1/7/2021.

Para finalizar, aclaramos que las disposiciones establecidas en el Título I "RÉGIMEN DE SOSTENIMIENTO E INCLUSIÓN FISCAL. BENEFICIO A CUMPLIDORES. PROCEDIMIENTO TRANSITORIO AL RÉGIMEN GENERAL", el Título II "PROCEDIMIENTO PERMANENTE DE TRANSICIÓN AL RÉGIMEN GENERAL. RÉGIMEN VOLUNTARIO DE PROMOCIÓN TRIBUTARIA DEL RÉGIMEN GENERAL", el Título III "CATEGORIZACIÓN. OBLIGACIÓN DE PAGO MENSUAL" y el Título IV "REINGRESO AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) - ARTÍCULO 14 DEL DECRETO N° 337/21" entrarán en vigencia a partir de la fecha de publicación de la RG (AFIP) 5003 en el Boletín Oficial.

Mientras tanto, se establece que las disposiciones del Título V "ADECUACIÓN DE LAS NORMAS DE EMISIÓN DE COMPROBANTES" entrarán en vigencia a partir del 1/7/2021.

Recordamos que el Poder Ejecutivo publicó oficialmente el pasado 25 de mayo los decretos reglamentarios 336/2021 y  337/2021 que modifican el impuesto a las ganancias y el monotributo. 

Para entender más sobre estas modificaciones, te invitamos a escuchar al doctor Daniel G. Pérez analizando los decretos reglamentarios que dispuso el Poder Ejecutivo sobre el impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia y los cambios en monotributo, su permanencia en el régimen, los beneficios para contribuyentes cumplidores y también la transición al régimen general, haciendo clic aquí.


fuente: erreius

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